La nueva propuesta de la UE sobre IA amenaza los derechos de autor

La Última Versión del Código de Práctica de IA de la Unión Europea y sus Implicaciones para los Derechos de Autor

Un grupo de autores, intérpretes y otros titulares de derechos en Europa ha emitido una declaración conjunta condenando la tercera versión del Código de Práctica de IA de Propósito General (GPAI) de la Unión Europea. Esta declaración surge en un momento en que la UE continúa refinando las directrices para su Ley de IA, que busca crear un marco regulatorio para los sistemas de IA que operan dentro del bloque.

Preocupaciones sobre los Derechos de Autor

Las reglas propuestas incluyen normas de transparencia y relacionadas con los derechos de autor, especialmente para los modelos de IA considerados como que plantean “riesgos sistémicos”. Sin embargo, la coalición de creativos, que incluye a la IFPI (Federación Internacional de la Industria Fonográfica), ha calificado la tercera versión como “completamente inaceptable”, argumentando que socava los objetivos de la Ley de IA, contraviene la legislación de la UE y ignora la intención del legislador europeo.

Cambios en las Obligaciones de los Proveedores de GPAI

Bajo un borrador anterior del Código de Práctica GPAI, los proveedores de modelos GPAI, como OpenAI, Google, Anthropic, Meta, Cohere y Mistral, estaban obligados a implementar una política de derechos de autor en cumplimiento con la legislación de derechos de autor de la UE. Sin embargo, la tercera versión ya no requiere que los firmantes publiquen esta política, sino que solo se les “anima” a hacerlo.

Responsabilidad y Debida Diligencia

La coalición advirtió que la tercera versión no cumple con el requisito de adecuación establecido por la Ley de IA de la UE, y por lo tanto, no debería ser aprobada sin mejoras sustanciales. Se ha criticado que el borrador diluye la responsabilidad de los proveedores de GPAI de realizar la debida diligencia para asegurar que los conjuntos de datos de terceros que utilizan para entrenar sus modelos no infrinjan los derechos de autor.

Provisión de un Proceso de Quejas

A pesar de que la tercera versión aún exige que las empresas de IA tomen “medidas razonables” para informar a los titulares de derechos sobre los robots rastreadores que utilizan y su manejo de los protocolos robot.txt, elimina la obligación anterior de publicar esta información. Un artículo bajo el Código de Práctica exige a los firmantes proporcionar un punto de contacto para los titulares de derechos y permitir la presentación de quejas sobre el incumplimiento. Sin embargo, la tercera versión añade que las empresas “pueden negarse a actuar sobre la queja”.

Conclusiones de la Coalición de Creadores y Titulares de Derechos de la UE

La medida que permite a los proveedores de GPAI introducir un proceso de quejas sobre derechos de autor solo requiere la introducción de un mecanismo para presentar quejas en relación con el Código de Práctica, sin referencias a las medidas que los proveedores de GPAI deberían tomar para resolverlas. Esto ha sido calificado como un “gesto vacío” y no como una herramienta de ejecución significativa.

La coalición enfatiza que el Código de Práctica debería proporcionar medidas adecuadas para facilitar y persuadir a los modelos de GPAI a respetar los dos principios básicos de la ley de derechos de autor: buscar la autorización previa y abstenerse de usos no autorizados de material protegido por derechos de autor.

El grupo reiteró la necesidad de un plantilla para un “resumen suficientemente detallado del contenido utilizado para el entrenamiento”, que permita a autores, intérpretes y otros titulares de derechos ejercitar y hacer cumplir eficazmente sus derechos.

La coalición incluye a la AAPA (Alianza Audiovisual Anti-Piratería), CISAC (Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores), ECSA (Alianza Europea de Compositores y Autores), EMMA (Alianza Europea de Managers de Música), FIM (Federación Internacional de Músicos), GESAC (Agrupación Europea de Sociedades de Autores y Compositores), ICMP (Confederación Internacional de Editores Musicales), IFPI, IMPALA y IMPF.

Se espera que la Comisión Europea publique el cuarto y último borrador en mayo.

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